A partir de la aprobación de la Resolución 2261/18, el Concejo Deliberante de Ramallo adhirió a la Ley de Cupo Laboral Trans, por lo que la Municipalidad de deberá contar entre su personal un mínimo del 1 % de la totalidad de su personal a personas travestis, transexuales y transgénero.
Según la Ley provincial N° 14.783, en su artículo 5º, dice que “Se encuentran alcanzadas por los efectos de esta Ley las personas travestis, transexuales y transgénero, mayores de 18 años de edad, hayan o no accedido a los beneficios de la Ley N° 26.743 y que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo que deben ocupar de acuerdo a sus antecedentes laborales y educativos”.
Los Municipios de Lanús, Morón, Merlo, San Miguel, Avellaneda, A. Brown, Campana, 3 de Febrero, Chivilcoy, Bahía Blanca, Quilmes a los que se sumó la Universidad Nacional de Mar del Plata se han sumado a esta iniciativa. Semanas atrás, el Concejo de San Nicolás rechazo la medida, con los votos del oficialismo.