Luego de la aprobación del HCD

El Departamento Ejecutivo municipal vetó la emergencia hospitalaria‏


VILLA RAMALLO, Marzo 19 (www.RamalloCiudad.com.ar) El Departamento Ejecutivo municipal de Ramallo informó que mediante el Decreto Nº 198/15 , del día 16 de marzo, se procedió al veto de la ordenanza nº 5125/15 que declaraba la  Emergencia Sanitaria y Hospitalaria

Dicho acto administrativo, comprendido dentro de la Ley Orgánica de las Municipalidades, toma en cuenta una serie de hechos, descriptos en el considerando de la norma, que sostienen la decisión tomada por el  DEM.

Cabe mencionar algunos puntos importantes, a la hora de evaluar una situación de emergencia.

Debemos decir, que la escasez de profesionales de ciertas especialidades es un problema que aqueja al sistema de salud nacional todo, volviéndose  infructuosas las gestiones que llevan adelante los directivos de distintos hospitales a lo largo y a lo ancho del país ante Colegios Médicos, ministerios, instituciones hospitalarias y jefaturas de servicio.

Que así y todo, sobreponiéndose a la dificultosa realidad nacional y provincial, en Ramallo, las guardias activas de pediatría, se ha logrado cubrir en su  gran mayoría.

Además, se recuerda que  todos los profesionales y no profesionales involucrados en hechos donde se pone en duda la buena praxis, estos son objeto de investigaciones pre-sumariales o sumarios, a fin de determinar responsabilidades y eventuales sanciones.

Respecto a las obras del efector, a que hace mención la  Ordenanza N° 5125/15, debemos mencionar que el expediente “Reformas y reparación de techos del Hospital “José María Gomendio” tiene previsto  la fecha de apertura de ofertas  en su pliego de bases y condiciones para el día 27 del corriente mes.

Por otra parte, se puso de relieve la elevada tasa de uso del nosocomio, único efector de salud público con internación en el Partido,  lo que genera  un constante deterioro edilicio, el cual se trata de remediar sin alterar el normal funcionamiento de la institución, especialmente si se trata del policlínico o el Hogar de Ancianos.

Un dato importante es el  elevado número de prestaciones, que llega a ciento veinte mil al año, estableciéndose una paradoja con la  forma en la que se calcula el Coeficiente Único de Distribución. Donde  se perciba menos dinero de coparticipación, cuanto mejores indicadores de salud exhibe un municipio.

El decreto, también desestima la idea de la  falta de  medicamentos en nuestro hospital. Por el contrario, recientemente se ha salido en auxilio de un hospital de la zona con medicamentos, placas radiográficas, suero y corticoides.

No es un dato menor que  la mayor dificultad para asegurar la normal provisión de medicamentos e insumos , es el constante aumento de sus precios, que llegan en algunos casos al 335 % en sólo un año, siendo el promedio general del 120%. Debemos sumar a esto, las demoras aduaneras y la centralización a la hora de distribuir el oxígeno de guardia.

También la normativa del Ejecutivo, plantea el compromiso de mejorar el sistema de salud, como es el caso del desarrollo de los talleres que dieron como resultado el Plan Estratégico y Operativo del Sistema Municipal de Salud, y del que participaron ediles de todos los bloques junto al personal médico, técnico, administrativo y servicios, gremios, etc., se definieron en conjunto la misión; la visión y los valores del Sistema de Salud Local, las que se trascriben a continuación y cuyo conocimiento puede colaborar a la comprensión del tema salud en Ramallo.

En tanto que, es importante realizar una comparación de  índices , como puede ser la inversión que efectúa la provincia y el municipio, medibles a través de sus presupuestos. Mientras que la provincia destina un 6,77 %, el gobierno local invierte cerca del 30 %. En cuanto  a la mortalidad infantil, la provincia presenta un número del 11 cada 10 mil, mientras que en Ramallo es del 6,4 %. Siendo el índice de mortalidad materna de valor  cero.

Que a manera de cierre, se puede decir, que consultando  el Protocolo de Evaluación Rápida de Emergencia de la Organización Mundial de la Salud, se puede verificar que en Ramallo no se registra ninguna  de las condiciones necesarias, para su declaración , a saber:

-          Epidemia de Origen Infeccioso.

-          Brote de Meningitis.

-          Brote de Fiebre Hemorrágica Vírica, incluida Fiebre Amarilla.

-          Brote de Enfermedades Diarreicas Agudas:-Disentería Basilar-Cólera.

-          Desastres Naturales Repentinos:- ciclones – huracanes – tornados – temporales de nieve – tsunamis – mareas de tempestad – crecidas repentinas – incendios – terremotos – aludes – erupciones volcánicas.

-          Desplazamientos de Poblaciones Repentinos.

-          Emergencias Nutricionales.

-          Emergencias Químicas.

-          Emergencias Complejas.

-          Que, en obvia y esperable  coincidencia con la O.M.S., desde la Región Sanitaria IV se afirma: “Para que sea decretada una situación de emergencia, básicamente, DEBEN CONCURRIR SIMULTÁNEAMENTE DIVERSOS CRITERIOS, TODOS DE GRAVEDAD, tales como:

- Gravedad de situación que repercuta en la salud pública;

- Naturaleza inusitada o imprevista de determinados eventos;

- Posibilidad de propagación de dichos eventos;

- Restricciones al ejercicio de ciudadanía y ejercicio de derechos de los pobladores;

- Afectación del flujo normal de insumos y medicamentos; etc.   


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