Dicho
acto administrativo, comprendido dentro de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, toma en cuenta una serie de hechos, descriptos en el
considerando de la norma, que sostienen la decisión tomada por el DEM.
Cabe
mencionar algunos puntos importantes, a la hora de evaluar una situación de
emergencia.
Debemos
decir, que la escasez de profesionales de ciertas especialidades es un problema
que aqueja al sistema de salud nacional todo, volviéndose infructuosas las gestiones que llevan
adelante los directivos de distintos hospitales a lo largo y a lo ancho del
país ante Colegios Médicos, ministerios, instituciones hospitalarias y jefaturas
de servicio.
Que
así y todo, sobreponiéndose a la dificultosa realidad nacional y provincial, en
Ramallo, las guardias activas de pediatría, se ha logrado cubrir en su gran mayoría.
Además,
se recuerda que todos los profesionales
y no profesionales involucrados en hechos donde se pone en duda la buena
praxis, estos son objeto de investigaciones pre-sumariales o sumarios, a fin de
determinar responsabilidades y eventuales sanciones.
Respecto
a las obras del efector, a que hace mención la
Ordenanza N° 5125/15, debemos mencionar que el expediente “Reformas y
reparación de techos del Hospital “José María Gomendio” tiene previsto la fecha de apertura de ofertas en su pliego de bases y condiciones para el
día 27 del corriente mes.
Por
otra parte, se puso de relieve la elevada tasa de uso del nosocomio, único
efector de salud público con internación en el Partido, lo que genera
un constante deterioro edilicio, el cual se trata de remediar sin
alterar el normal funcionamiento de la institución, especialmente si se trata
del policlínico o el Hogar de Ancianos.
Un
dato importante es el elevado número de
prestaciones, que llega a ciento veinte mil al año, estableciéndose una paradoja
con la forma en la que se calcula el
Coeficiente Único de Distribución. Donde
se perciba menos dinero de coparticipación, cuanto mejores indicadores
de salud exhibe un municipio.
El
decreto, también desestima la idea de la
falta de medicamentos en nuestro
hospital. Por el contrario, recientemente se ha salido en auxilio de un
hospital de la zona con medicamentos, placas radiográficas, suero y
corticoides.
No
es un dato menor que la mayor dificultad
para asegurar la normal provisión de medicamentos e insumos , es el constante
aumento de sus precios, que llegan en algunos casos al 335 % en sólo un año,
siendo el promedio general del 120%. Debemos sumar a esto, las demoras
aduaneras y la centralización a la hora de distribuir el oxígeno de guardia.
También
la normativa del Ejecutivo, plantea el compromiso de mejorar el sistema de
salud, como es el caso del desarrollo de los talleres que dieron como resultado
el Plan Estratégico y Operativo del Sistema Municipal de Salud, y del que
participaron ediles de todos los bloques junto al personal médico, técnico,
administrativo y servicios, gremios, etc., se definieron en conjunto la misión;
la visión y los valores del Sistema de Salud Local, las que se trascriben a
continuación y cuyo conocimiento puede colaborar a la comprensión del tema
salud en Ramallo.
En
tanto que, es importante realizar una comparación de índices , como puede ser la inversión que
efectúa la provincia y el municipio, medibles a través de sus presupuestos.
Mientras que la provincia destina un 6,77 %, el gobierno local invierte cerca
del 30 %. En cuanto a la mortalidad
infantil, la provincia presenta un número del 11 cada 10 mil, mientras que en
Ramallo es del 6,4 %. Siendo el índice de mortalidad materna de valor cero.
Que
a manera de cierre, se puede decir, que consultando el Protocolo de Evaluación Rápida de
Emergencia de la Organización Mundial de la Salud, se puede verificar que en
Ramallo no se registra ninguna de las
condiciones necesarias, para su declaración , a saber:
- Epidemia de Origen Infeccioso.
- Brote de Meningitis.
- Brote de Fiebre Hemorrágica Vírica,
incluida Fiebre Amarilla.
- Brote de Enfermedades Diarreicas Agudas:-Disentería
Basilar-Cólera.
- Desastres Naturales Repentinos:-
ciclones – huracanes – tornados – temporales de nieve – tsunamis – mareas de
tempestad – crecidas repentinas – incendios – terremotos – aludes – erupciones
volcánicas.
- Desplazamientos de Poblaciones
Repentinos.
- Emergencias Nutricionales.
- Emergencias Químicas.
- Emergencias Complejas.
- Que, en obvia y esperable coincidencia con la O.M.S., desde la Región
Sanitaria IV se afirma: “Para que sea decretada una situación de emergencia,
básicamente, DEBEN CONCURRIR SIMULTÁNEAMENTE DIVERSOS CRITERIOS, TODOS DE
GRAVEDAD, tales como:
-
Gravedad de situación que repercuta en la salud pública;
-
Naturaleza inusitada o imprevista de determinados eventos;
-
Posibilidad de propagación de dichos eventos;
-
Restricciones al ejercicio de ciudadanía y ejercicio de derechos de los
pobladores;
-
Afectación del flujo normal de insumos y medicamentos; etc.
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