Adelanto

Proyecto de ordenanza para las becas de la residencia universitaria


RAMALLO, Enero 13 (www.RamalloCiudad.com.ar) Desde la Municipalidad de Ramallo, una fuente anónima y confiable, nos informó acerca de un proyecto de ordenanza municipal para modificar la residencia y modificarla por un sistema de becas.

A continuación, el texto de la iniciativa:

"El sistema de becas que en la actualidad el gobierno Municipal lleva adelante a través del FONDO DEL FOMAE y;

CONSIDERANDO:

                        Que a partir de la creación Subsecretaría de Educación el Gobierno Municipal ha puesto especial énfasis en coadyuvar con los objetivos de la ley nacional y provincial de Educación que tienen a la igualdad y equidad de oportunidades.-

                             Que el Municipio de Ramallo destina entre el Sistema de  Becas estudiantiles y la de Alojamiento y la Residencia Universitaria de Rosario el 39% del total del Fondo del FOMAE.-

                           Que se cree oportuno trabajar en un sistema de becas que iguale las posibilidades a todos los estudiantes ramallenses  que por razones económicas no puedan sostener sus estudios universitarios , terciarios y secundarios .-

                          Que la experiencia hasta aquí llevada a cabo demuestra que es necesario un cambio sustancial en el acceso y obtención de ayudas económicas denominadas BECAS.-

                        Que a partir de las diferentes normas que ha votado el Honorable concejo Deliberante en cuanto al sistema de otorgamiento de becas y la de alojamiento en la Ciudad de Rosario, se cree conveniente y necesario unificar en una única norma el sistema de becas municipal.-

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Facultase  al DEM a implementar en el Partido de Ramallo el Programa de Becas Municipal (Pro.Mu.Be ) , dependiendo de la Subsecretaría de Educación Municipal y que se distribuirán de la siguiente manera:

a) otórguese hasta 70 becas Estudiantiles locales.

b) otórguese hasta 80  becas Estudiantiles  zonales

c) otórguese hasta 130  becas Residenciales

d)  otórguese hasta 10 becas excepcionales .

ARTÍCULO 2°: Apruebese  el formulario único de Inscripción al Programa Municipal de Becas que como anexo I  se incorpora y forma parte legal de la presente integral de la presente.- .----------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 3°: Apruebese el sistema de inscripción , evaluación y baja del Programa Municipal de becas   que como anexo II se incorpora y forma parte  legal de la presente.- --------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 4°: DE LOS RECURSOS.

a)     Para la efectivización del artículo 1° el DEM destinará de los fondos del FOMAE cuyo aporte económico será de lo resultante del artículo  5° de la Ordenanza N°4892  / 13 y artículos 2° y 3° de la Ordenanza 4356/11 ( FOMAE; Fondo Municipal de Apoyo a la Educación).------------------------------

ARTÍCULO 5°: DE LAS ALTAS Y BAJAS.

A)    Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a través de  la subsecretaria de Educación a dar las bajas correspondiente al Programa Municipal de becas ,rigiéndose por lo establecido en el Anexo II de la presente ordenanza, debiendo informar la decisión al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento".-

(www.RamalloCiudad.com.ar)


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